La meta busca conocer el porcentaje de emergencias ambientales declaradas producidas por actividades de minería, hidrocarburos y pasivos ambientales, las cuales son reportadas por los titulares de dichas actividades, y han sido atendidas y evaluadas por el MINAM, en coordinación con las entidades competentes, con miras a desarrollar e impulsar acciones orientadas a contener, controlar y reducir los efectos de un evento súbito y significativo sobre la calidad ambiental o los ecosistemas; además de controlar los riesgos para la salud de las personas.
Es importante indicar que, en el contexto de esta meta, se considera que una emergencia ambiental está siendo atendida cuando su Plan de Acción inmediato es ejecutado con un nivel “aceptable”, de acuerdo con los compromisos programados en dicho instrumento. Además, cabe señalar que la Ley Nº 32106, Ley de Declaratoria de Emergencia Ambiental, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2025-MINAM, establecen que el MINAM evalúa y declara en emergencia ambiental, en su calidad de autoridad competente en los casos de un evento súbito y significativo que afecta la calidad ambiental o los ecosistemas, y que puede generar un riesgo para la salud de las personas. Asimismo, de corresponder, el MINAM coordina la implementación y las acciones relativas de la emergencia ambiental declarada.
Para ello, la Dirección General de Calidad Ambiental (DGCA) se encarga de dirigir el proceso de la Declaratoria de Emergencia Ambiental, en coordinación con las entidades correspondientes y proponer su prórroga o levantamiento. Esta función se determina de acuerdo con el artículo 95 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MINAM, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM.
A54. Transporte de petróleo crudo y relave de manera segura para evitar la contaminación a los ecosistemas.
A55. Seguimiento a las acciones de remediación productos de las actividades de minería e hidrocarburos que impactan a la diversidad biológica.
A56. Instrumentos técnicos/normativos de control de contaminación hidrocarburifera implementados de modo oportuno en los gobiernos regionales y locales.
A57. Planes de acción de las emergencias ambientales declaradas se implementan para atender los ecosistemas afectados.
| Objectifs mondiaux | Degré d’alignement |
GBF-T07. GBF-T07.Réduire les risques liés à la pollution et les incidences négatives de la pollution provenant de toutes les sources d'ici à 2030, en les portant à des niveaux sans danger pour la biodiversité et les fonctions et services écosystémiques, en tenant compte des effets cumulatifs, notamment : a) en réduisant au moins de moitié l'excès de nutriments perdus dans l'environnement, notamment grâce à un cycle et à une utilisation plus efficaces des nutriments ; b) en réduisant au moins de moitié les risques globaux liés aux pesticides et aux produits chimiques particulièrement dangereux, notamment grâce à des mesures intégrées de contrôle des ravageurs, sur la base de données scientifiques, en tenant compte des questions de sécurité alimentaire et de moyens d'existence ; c) en prévenant la pollution plastique, en la réduisant et en s'employant à l'éliminer. | Moyen |